El Barrio
Ciudad implementa un registro con datos personales para el ingreso a eventos masivos
Los concurrentes deberán presentar una credencial. En paralelo, se implementa un sistema de reconocimiento facial en la vía pública a través de las cámaras de seguridad.

El Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo del vicejefe Diego Santilli, creó el Registro de Concurrentes a Eventos Futbolísticos y Masivos que se desarrollen en estadios deportivos dentro del ámbito porteño.
El registro empezará a regir en 60 días e incluirá “los eventos futbolísticos y masivos que se desarrollen en estadios deportivos en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en los cuales la capacidad autorizada supere los cinco mil (5.000) asistentes”, explican los considerandos de la Resolución Nº 79/SSSC/19, donde se destaca que dicha información “resulta relevante a los señalados fines y constituye una herramienta adicional de prevención proactiva tendiente a desalentar hechos de desorden que afecten la seguridad pública”, se agrega.
La medida establece que si la persona se encuentra alcanzada por alguna medida restrictiva de concurrencia o afectada por el ejercicio del derecho de admisión, su credencial deberá ser bloqueada.
En en Anexo del proyecto, el primer artículo explica que el Registro contendrá: a) Nombre y apellido del concurrente. b) Documento de Identidad. Tipo y Número. c) Lugar y fecha de nacimiento. d) Domicilio. e) Sexo. f) Foto [en formato ICAO] .
“El organizador del evento estará a cargo de la emisión de la credencial identificatoria del concurrente. Quedan comprendidas las personas humanas o jurídicas, de carácter público o privado, con ánimo de lucro, que tienen la condición de organizadores o titulares”, explica el segundo artículo.
El empadronamiento se realizará a través de un portal web y “el organizador deberá realizar el control de acceso al evento con dispositivos móviles a través de la tecnología NFC, tanto en forma online como offline, desencriptando los datos y mostrándolos en forma completa en el dispositivo”.
Los datos obtenidos en el empadronamiento deberán ser confrontados con las bases de datos de Antecedentes sobre Violencia en Eventos Futbolísticos de la Ciudad, el Registro de Antecedentes de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires y el Registro Nacional de las Personas, y aquellos que en el futuro se aprueben.
“El incumplimiento por parte del organizador de las obligaciones impuestas en la presente, lo hará pasible de las consecuencias previstas en la Ley N° 5.847 o el régimen que en el futuro lo modifique o reemplace, debiendo almacenar la información del evento por un plazo no inferior a sesenta (60) días”, explica la norma oficializada por el Ejecutivo porteño.
Esta medida se da a conocer días después de que la cartera a cargo del vicejefe de Gobierno anunciara la implementación de un sistema de reconocimiento facial para identificar a personas prófugas de la Justicia. La medida, que comenzará a regir en la vía pública, fue implementada como piloto de pruebas en la red de subtes.
