La Comuna
Comunicado del Frente de Todos de la Comuna 12 en apoyo a la declaración de servicios públicos esenciales
“Lo hacemos en la convicción de la legitimidad de sus fundamentos que garantiza [acceso a internet, telefonía móvil y televisión paga] a los sectores más vulnerables”, señalaron desde la agrupación política de la cual participan vecinos y fuerzas vivas locales.

El Frente de Todos de la Comuna 12 (Saavedra, Villa Urquiza, Coghlan, Villa Pueyrredón) emitió un comunicado para expresar su apoyo al Decreto de Necesidad y Urgencia 690/2020 por el cual se declaran “servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia” a la telefonía celular y fija, internet y televisión paga. También se contempla el congelamiento de sus tarifas hasta el 31 de diciembre de este año.
El comunicado introduce: “Las organizaciones políticas y sociales que integramos el Frente de Todxs Comuna 12 apoyamos y adherimos al Decreto 690 dictado por el Gobierno nacional por el cual se declaran servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia, a la telefonía celular y fija, internet y televisión paga y el congelamiento de las tarifas hasta el 31 de diciembre de 2020”.
“Lo hacemos en la convicción de la legitimidad de sus fundamentos que garantiza el acceso a estos servicios a los sectores más vulnerables. Invitamos a la ciudadanía en general a apoyar y defender dicha medida, que protege los interese del pueblo en su conjunto”, concluye el texto.
Este DNU fue publicado el 21 de agosto en el Boletín Oficial de la República Argentina (BORA). Ahora, la Comisión Bicameral del Congreso (Diputados y Senadores) que controla los Decretos de Necesidad y Urgencia evaluó la validez del mismo y emitió este lunes un dictamen favorable.
Sin embargo, en el sector no fue bien recibido el DNU. Claro, Directv, Telecentro, Telecom y Telefónica, entre otras empresas, emitieron este martes una solicitada conjunta: “Semejante cambio de reglas intempestivo e inconsulto produce un profundo impacto negativo para todos los actores del sector TIC, inversores, sus cientos de miles de empleados en todo el país, en su cadena de valor y en toda la comunidad digital, trasladando incertidumbre a los clientes acerca de la calidad de prestación de los servicios que reciban en el futuro”.
“La norma no deja de sorprender dado que siempre mantuvimos el diálogo de buena fe con todas las autoridades, incluso para buscar alternativas que lleven alivio a quienes más lo necesitan. La justificación de la urgencia para el dictado del DNU es falsa”, agregaron.
“Resulta por demás evidente que este cambio de reglas está poniendo un freno a la industria TIC en la Argentina, y abre un serio interrogante dado el antecedente del congelamiento de precios del Servicio de Telefonía Fija durante 15 años (1999/2015)”, señalaron.
El primer artículo del Decreto de Necesidad y Urgencia 690/2020 establece: “Incorpórase como artículo 15 de la Ley de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones N° 27.078, el siguiente texto: Artículo 15- Carácter de servicio público en competencia. Se establece que los Servicios de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) y el acceso a las redes de telecomunicaciones para y entre licenciatarios y licenciatarias de servicios TIC son servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia. La autoridad de aplicación garantizará su efectiva disponibilidad””.
El artículo segundo añade: “Sustitúyese el artículo 48 de la Ley N° 27.078, por el siguiente: Artículo 48: Regla. Los licenciatarios y las licenciatarias de los servicios de las Tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) fijarán sus precios, los que deberán ser justos y razonables, deberán cubrir los costos de la explotación, tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación. Los precios de los servicios públicos esenciales y estratégicos de las TIC en competencia, los de los prestados en función del Servicio Universal y los de aquellos que determine la autoridad de aplicación por razones de interés público, serán regulados por esta. La autoridad de aplicación establecerá en la reglamentación la prestación básica universal obligatoria que deberá ser brindada en condiciones de igualdad”.
El artículo tercero dice: “Incorpórase, como segundo párrafo del artículo 54 de la Ley N° 27.078, el siguiente: Incorpórase como servicio público, al servicio de telefonía móvil en todas sus modalidades. Los precios de estos servicios serán regulados por la autoridad de aplicación. La autoridad de aplicación establecerá en la reglamentación la prestación básica universal obligatoria que deberá ser brindada en condiciones de igualdad”.
El artículo cuarto: “Suspéndese, en el marco de la emergencia ampliada por el Decreto N° 260/20, cualquier aumento de precios o modificación de los mismos, establecidos o anunciados desde el 31 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2020 por los licenciatarios TIC, incluyendo los servicios de radiodifusión por suscripción mediante vinculo físico o radioeléctrico y los correspondientes al servicio de telefonía fija o móvil, en cualquiera de sus modalidades”.
La Autoridad de Aplicación es el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM).
En los considerandos del DNU se cita: “Las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) representan no sólo un portal de acceso al conocimiento, a la educación, a la información y al entretenimiento, sino que constituyen además un punto de referencia y un pilar fundamental para la construcción del desarrollo económico y social”.
“Nuestro más Alto Tribunal también ha señalado, in re “Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad y otros c/ Ministerio de Energía y Minería s/Amparo Colectivo”, que “el Estado debe velar por la continuidad, universalidad y accesibilidad de los servicios públicos, ponderando la realidad económico-social concreta de los afectados por la decisión tarifaria con especial atención a los sectores más vulnerables”.
Evoca que en 2014 el Congreso aprobó la Ley N° 27.078 por la cual se declaró “de interés público el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, las Telecomunicaciones, y sus recursos asociados, estableciendo y garantizando la completa neutralidad de las redes”. Su artículo N° 15 reconoció “el carácter de servicio público esencial y estratégico de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) en competencia al uso y acceso a las redes de telecomunicaciones, para y entre licenciatarios de Servicios de TIC”.
Los considerandos señalan: “La convergencia de tecnologías constituye parte de la naturaleza misma del desarrollo del sector, por lo cual es un deber indelegable del Estado nacional garantizar el acceso y uso de las redes de telecomunicaciones utilizadas en la prestación de los servicios de TIC así como el carácter de servicio público esencial y estratégico de las tecnologías de la información y las comunicaciones en competencia, estableciendo no solo las pautas para el tendido y desarrollo de la infraestructura en término de redes de telecomunicaciones a lo largo y ancho de todo el territorio nacional sino también las condiciones de explotación de aquella, de modo tal que se garantice la función social y el carácter fundamental como parte del derecho humano a la comunicación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación”.
Señala que con el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 267/2015 “se derogó gran parte del andamiaje legalmente establecido en materia de servicios de comunicación audiovisual y de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, abandonándose la idea del acceso a estos últimos como un derecho humano, dejándolos librados a ley de la oferta y demanda como una simple mercancía”.
Se contrapone: “Es necesario recuperar los instrumentos normativos que permitan garantizar para la totalidad de los y las habitantes de la Nación el acceso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), estableciendo además planes accesibles e inclusivos que garanticen una prestación básica universal obligatoria.
“Que la situación de emergencia sanitaria que se está atravesando en el marco de la pandemia de COVID-19 y la consecuente disminución de la circulación de personas para mitigar los contagios configuran una situación de urgencia que impone la necesidad de otorgar una inmediata protección de estos derechos. En efecto, en este contexto, cobra mayor relevancia aún el acceso a las TIC y a las redes de telecomunicaciones tanto para las empresas como para los y las habitantes de nuestro país”, agregan los considerandos.

La Comuna
Un conductor con el triple de alcoholemia permitida chocó su auto contra un supermercado en Constituyentes y Núñez
Hubo dos personas heridas, que fueron atendidas en los Hospitales Pirovano y Zubizarreta.

Un vehículo esta madrugada chocó contra la fachada de un supermercado ubicado en la avenida de los Constituyentes y Núñez, en el límite de los barrios de Saavedra, Villa Urquiza y Villa Pueyrredón, a pocos metros de Avenida General Paz.
Según información preliminar, el conductor habría tenido 1,51 de gramos de alcohol por litro de sangre, dando alcoholemia positiva. Es decir más del triple de lo permitido (0,5).
Se informó que los dos pasajeros que viajaban en el auto no llevaban puesto el cinturón de seguridad.
De esta forma, el conductor presentaba politraumatismos y fue trasladado al Hospital Pirovano del vecino barrio de Coghlan (Monroe 3555).
En tanto, la acompañante fue derivada por el SAME al Hospital Zubizarreta de Villa Devoto (Nueva York 3952) por una fractura en el brazo, consignó Noticias Argentinas.
La Comuna
Volvieron a clausurar un criadero ilegal en Villa Urquiza y rescataron a 13 perros y un loro
La la responsable del lugar fue imputada por violación de clausura y crueldad animal.

Un criadero ilegal de perros ubicado en Plaza al 2300, en Villa Urquiza, fue clausurado y se rescató a 13 perros de las razas bulldog francés y dachshund que se encontraban enjaulados, que luego fueron trasladados a distintas ONG y proteccionistas. También se halló un loro silvestre sin identificación, que habría sido obtenido por medio de la caza, el cual fue derivado a la Reserva Ecológica de Costanera Sur.
En el caso intervino la Unidad Fiscal Especializada en Materia Ambiental (UFEMA), a cargo de Blas Matías Michienzi, quien imputó a la responsable del lugar por las figuras de Violación de clausura (contaba con una clausura previa impuesta por la Agencia de Protección Ambiental en noviembre de 2022), actos de crueldad animal, Infracción a normas de sanidad animal -Ley Nacional de Fauna Silvestre y art. 206 del Código Penal-. El caso continúa en investigación en esta unidad fiscal.
Iniciaron la investigación el Área de Fauna y Ambiente del Cuerpo de Investigaciones Judiciales (CIJ) del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad.
Una vez que se comprobó “el funcionamiento del criadero y la entrega de animales en el marco de la total clandestinidad”, la jueza Rocío López Di Muro, titular del Juzgado PCyF 4, emitió la orden de allanamiento a pedido de UFEMA.
Fuentes judiciales informaron que el procedimiento fue llevado a cabo por la División Delitos Ambientales de la Policía de la Ciudad, el Cuerpo de Investigaciones Judiciales (CIJ) del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad, las Direcciones Generales de Control Ambiental (DGCONTA) y de Canes y Felinos Domésticos de la Ciudad, además de médicos veterinarios y personal de la División Canes de la policía local.
“Durante el operativo se confirmaron actos de crueldad animal y de incumplimiento de las normas sanitarias vigentes, al hallarse condiciones higiénico-sanitarias alarmantes, como presencia de materia fecal en espacios comunes, ejemplares encerrados sin movilidad en cuartos o jaulas y libretas sanitarias ausentes o con vacunas vencidas”, repasaron autoridades de UFEMA.
A su vez, el fiscal
La Comuna
Coghlan: investigan el hallazgo de restos humanos en la casa donde vivió Gustavo Cerati
La última propietaria fue Marina Olmi, la artista plástica y hermana del célebre actor Boy Olmi. La vendió y pensaba ser demolida para la construcción de un edificio, pero con el hallazgo de los restos humanos, se inició una investigación judicial.

Una casa ubicada sobre Avenida Congreso al 3700 tiene el barrio porteño de Coghlan bajo asombro: ahora no es solo conocida por haber sido el hogar del célebre músico Gustavo Cerati y otros artistas como Hilda Lizarazu y Marina Olmi, sino también por el reciente y macabro descubrimiento de huesos humanos enterrados en su patio.
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La vivienda fue vendida en los últimos meses por la hermana de Boy Olmi, quien fue su última dueña, y estaba a punto de ser demolida para la construcción de un edificio. Sin embargo, desde que el personal policial halló los huesos y constató que pertenecían a humanos, el lugar se convirtió en escenario de investigación.
La Policía de la Ciudad y la fiscalía de Martín López Perrando intervinieron de inmediato, mientras se aguardan estudios forenses para determinar la fecha y el origen de los restos.
Cerati vivió en esta casa a comienzos del año 2000, pero más tarde fue habitada por artistas. La última propietaria, hermana del actor y artista plástica, alquiló el lugar entre 2001 y 2003, ya que el cantante se encontraba en España durante ese tiempo.
Gracias a la investigación del periodista Julián Padilla, se conoció que, al iniciarse las tareas de demolición tras la venta del inmueble, se produjo el desmoronamiento de un muro y salieron a la luz los huesos.
El hogar, que tenía más de un siglo de antigüedad, fue anteriormente un geriátrico, y algunos vecinos ancianos de la zona aseguran que en el mismo terreno existió previamente una capilla y un establo, durante el período colonial.
El caso mantiene abiertas múltiples hipótesis: desde un entierro histórico hasta una posible irregularidad ocurrida cuando el lugar funcionaba como residencia de ancianos. Por ahora, no hay indicios que vinculen el hallazgo con el período en que fue habitado por Cerati. Sin embargo, el descubrimiento reaviva la historia del lugar y plantea preguntas sobre su pasado oculto bajo tierra.
En diálogo con Padilla, Marina señaló que compró el inmueble junto a su ex marido, al hijo de una señora alemana hace 30 años: “Es una casa bien hecha, pero cuando la compramos ya estaba viejísima. La había hecho el padre de la señora que me la vendió. Hace por lo menos 100 años”.
En esa misma nota, la artista sostuvo que, si bien la casa era luminosa, tenía un lado oscuro: “Donde hice la pileta había una especie de situación oscura. Había una casilla de madera y cosas raras (de los anteriores dueños)“.
Fuente: Página 12
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