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Suspenden por un mes los talleres en los centros culturales Discepolín y Spilimbergo de Saavedra

Es para prevenir el avance del coronavirus y afecta a todas las actividades del Programa Cultural en Barrios.

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Este jueves el Ministerio de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires informó que por un mes quedan suspendidas las actividades del Programa Cultural en Barrios, que incluye los talleres gratuitos de los centros culturales Discepolín y Spilimbergo de Saavedra.

“Desde el Ministerio de Cultura de la Ciudad comunicamos que a partir de la fecha y por un período inicial de 30 días se suspenden todas las actividades programadas en nuestros espacios”, señalan.

“Esta medida se toma en el marco del Decreto 2020-140-GCABA-AJG emitido por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ante las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud para prevenir la propagación del Coronavirus en la población”, suman.

Puntualizan: “Los espacios del Ministerio de Cultura que permanecerán con actividades suspendidas son: Teatro Colón, Centro Cultural Recoleta, Usina del Arte, Complejo Teatral de Buenos Aires, Centro Cultural San Martín, Museos de la Ciudad, Bibliotecas de la Ciudad, Anfiteatro Parque Centenario, Circuito de Espacios Culturales, Torre Monumental, Feria Mataderos, Programa Cultural en Barrios”.

Entre el 2 y el 13 de marzo se desarrolló la inscripción online de los talleres del Programa Cultural en Barrios, para iniciar las clases el lunes 16 de marzo.

Este jueves el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, dio una conferencia de prensa donde anunciaba la suspensión de eventos masivos para evitar la propagación del coronavirus en la Ciudad de Buenos Aires, cuando se registran 31 casos en el país (tres de ellos autóctonos). Esta tarde se publicó el Decreto 140-2020 donde se ratifica la suspensión por 30 días de eventos con más de 200 personas.

El artículo primero del Decreto establece: “Suspéndese todo acto, reunión o acontecimiento de carácter eventual cuyo objeto sea artístico, musical o festivo mayor a doscientos (200) asistentes”.

“Restríngese la capacidad de ocupación en un cincuenta por ciento (50%), la que no podrá superar los doscientos (200) asistentes, para todas las actividades religiosas que se desarrollen en templos y/o establecimientos, las actividades que se desarrollen en salas de teatro, cines, salas de juego, centros culturales de gestión privada, y todo otro tipo de establecimiento en los que se realicen convenciones o congresos”, puntualiza el artículo segundo.

“Suspéndense las actividades que se desarrollen en todos los establecimientos inscriptos y autorizados bajo el rubro local de baile clase C”.

“Suspéndense las actividades que se desarrollen en los museos de gestión pública o privada ubicados en la Ciudad de Buenos Aires y en los centros culturales y teatros gestionados por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires”.

“Suspéndese el servicio del Bus Turístico Oficial de la Ciudad de Buenos Aires”.

“Suspéndense los Congresos y Conferencias de carácter internacional”.

“Establécese que los eventos deportivos que se desarrollen en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán realizarse sin concurrencia de público”.

“Establécese que las medidas adoptadas serán por el plazo de treinta (30) días corridos a partir de la fecha del presente decreto, pudiendo ser prorrogadas o ampliadas conforme se desenvuelva la situación sanitaria”.

“Establécese que las autoridades de fiscalización y control verificarán el cumplimiento de las medidas impuestas por el presente”.

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