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Pandemia

Oficializan el formulario para quienes deban volver a la Ciudad a hacer la cuarentena

Es una medida de excepción que habilita el regreso de muchos ciudadanos porteños varados en otros distritos. Se encontrará en la web del GCBA.

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El Poder Ejecutivo porteño publicó este jueves en el Boletín Oficial de la CABA el Decreto N° 200  mediante el que aprueba el formulario que deberán completar las personas que requieran volver a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se encuentran cumpliendo el aislamiento social, preventivo y obligatorio en otra jurisdicción. Según fuentes oficiales se encontrará en www.buenosaires.gob.ar/coronavirus.

“Ante la existencia de numerosos casos de personas que no pudieron regresar a su lugar de residencia habitual y de diversos inconvenientes en algunas jurisdicciones, devino necesario implementar un nuevo procedimiento, articulado con las jurisdicciones locales, que permita que éstas presten conformidad a los traslados a los lugares de residencia ubicados en ellas luego de haber recabado la información pertinente para la debida ponderación sanitaria de la medida”.

“Mediante Resolución Conjunta N° 3/20 de los Ministerios de Transporte y del Interior de la Nación, se aprobó el procedimiento para autorizar el traslado excepcional de las personas que estén cumpliendo el aislamiento social, preventivo y obligatorio establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20 y sus respectivas prórrogas, en un domicilio distinto al de su residencia habitual en la República Argentina y deseen regresar a aquélla en vehículos particulares, el que se describió en el Anexo I de dicha Resolución. El punto 2 del Anexo I de la citada Resolución, se estableció que cada jurisdicción provincial y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires abrirá y administrará un registro de personas que deseen regresar a su residencia habitual, quienes deberán inscribirse en el registro que habilite la jurisdicción donde tienen su residencia habitual”.

“En el punto 4 del Anexo I de la referida Resolución Conjunta, se determinó que a partir del día martes 5 de mayo de 2020, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires informarán diariamente la nómina de personas para cuyo desplazamiento prestan conformidad, a través de una nota suscripta por el señor gobernador, Gobernadora o el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires -o el funcionario público delegado al efecto-, solicitando, asimismo, la emisión del “Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual”.

“Que en este marco, resulta conveniente aprobar el formulario que deberán completar las personas que requieran volver a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires porque aquí ienen su residencia habitual y porque se encuentran cumpliendo el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” en otra jurisdicción, como condición necesaria para que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires preste conformidad a ese esplazamiento y, en consecuencia, se solicite la emisión del “Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual”, de conformidad con el procedimiento aprobado por la Resolución Conjunta N° 3/20 citada”.

por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020 a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus).

Así será el formulario:

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