El Barrio
Hasta 60 días de cárcel por fumar en los patios de juegos de parques y plazas porteñas
La Legislatura porteña aprobó hoy la prohibición y estableció duras sanciones, también económicas, con multas de hasta 15.000 pesos.

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La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó este jueves una ley para prohibir que se fume en los patios de juegos infantiles de las plazas porteñas. La norma prevé penas de hasta 60 días de cárcel para quienes violen esta normativa.
Por impulso de los legisladores del oficialismo Guillermo González Heredia, Eduardo Petrini y Eduardo Antonio Santamarina se creó una “franja de amortiguación, en los patios de juegos existentes en parques y plazas de la Ciudad”.
Durante el debate hubo legisladores del oficialismo y de la oposición que consideraron excesiva la pena de 60 días que establece el Código Contravencional porteño para quienes arrojen “sustancias insalubres o cosas dañinas en lugares públicos” en particular “en espacios donde concurren niños/as”. Esta máxima podría aplicarse para quien arroje una colilla de cigarrillos.
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Los legisladores autores de la ley exponen: “Si bien estos espacios destinados a la recreación de los niños son claramente diferenciables en función de su uso, los mismos no pueden ser segmentados físicamente del resto de la plaza o parque al que se integran, siendo de esta manera pasibles de sufrir inmisiones de los humos y olores derivados del fumar en su cercanía. Esta circunstancia demanda la agudización de los esfuerzos de la Ciudad de modo tal de asegurar el cumplimiento de aquellos programas de gobierno vinculados a la mejora de calidad de aire, a la reducción de afecciones respiratorias, a la prevención y reducción del tabaquismo y a la educación sobre normas básicas de convivencia en espacios públicos”.
El Ministerio de Salud tendrá a su cargo el desarrollo de campañas de concientización y educación en coordinación con el Programa de Prevención y Control del Tabaquismo y las campañas de orientación y educación sobre normas básicas de convivencia en espacios públicos a cargo del cuerpo de Guardaparques del Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad, expone la ley.
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Los infractores serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 54 del Capítulo I, Título I, Libro II, del Anexo I de la Ley N° 1.472 del Código Contravencional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Este artículo expone: “Colocar o arrojar sustancias insalubres o cosas dañinas en lugares públicos. Quien coloca o arroja sustancias insalubres o cosas capaces de producir un daño, en lugares públicos o privados de acceso público, es sancionado con multa de seiscientos ($ 600) a quince mil ($ 15.000) pesos o tres (3) a treinta (30) días de arresto. La sanción se eleva al doble cuando la conducta se realiza en espacios donde concurren niños/as. Idéntica sanción de multa le corresponde a las personas de existencia ideal cuando la acción se realiza en nombre, al amparo, en beneficio o con autorización de las mismas”.
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Articulado del proyecto de Ley aprobado
Artículo 1°.-Objeto. La presente ley tiene por objeto mejorar la calidad del aire circundante a los patios de juegos existentes parques y plazas de la Ciudad de Buenos Aires, mejorando el disfrute del espacio público y reduciendo los riesgos a la salud de los niños que utilizan las instalaciones de los patios de juegos.
Artículo 2º.- Franja de Amortiguación. Se prohíbe fumar dentro de una franja de amortiguación no menor a tres metros de ancho desde el perímetro exterior de los patios de juego presentes en plazas y parques de la Ciudad de Buenos Aires, debiendo indicarse claramente la misma.
Artículo 3°.- Autoridad de Aplicación. Se establece como Autoridad de Aplicación de la presente norma al Ministerio de Ambiente y Espacio Público.
Los Guardaparques del Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad tendrán a su cargo el ejercicio del control del cumplimiento de la prohibición que se establece en el Artículo 2° de esta Ley.
Artículo 4°.-Información al Público. La repartición que designe la Autoridad de Aplicación establecida tendrá a su cargo campañas de visualización de la Franja de Amortiguación establecida, así como de campañas de concientización y educación en coordinación con el Programa de Prevención y Control del Tabaquismo a cargo del Ministerio de Salud y en coordinación con las campañas de orientación y educación sobre normas básicas de convivencia en espacios públicos a cargo del cuerpo de Guardaparques del Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad.
Artículo 5°.- Infracciones. Los infractores a la presente ley deben ser sancionados de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 54 del Capítulo I, Título I, Libro II, del Anexo I de la Ley N° 1.472 del Código Contravencional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 6°.- Dentro de los 90 (noventa) días de sancionada la presente ley el Poder Ejecutivo dispondrá su reglamentación.
Artículo 7°.- Comuníquese, etc.
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El Barrio
Parque Saavedra: vecinos piden a la Legislatura porteña cambios en la nueva concesión del Club San Jorge
La entidad Planeamiento Participativo buscan garantizar que las escuelas públicas de la zona puedan hacer educación física.

Vecinos que integran la agrupación Planeamiento Participativo enviaron a la Comisión de Presupuesto Hacienda Administración Financiera y política Tributaria de la Legislatura porteña una nota para pedir cambios a la Ley de aprobación inicial (media sanción) para renovar la concesión que el Club San Jorge tiene dentro del Parque Saavedra.
Como informó Saavedra Online, el lunes 7 de abril la Comisión realizó la Audiencia Pública sobre la Ley de Aprobación Inicial N° 1579/LCABA/24 que “otorga la renovación del permiso de uso a título precario y gratuito del predio sito en Vilela 3340” por 10 años.
En dicho encuentro, de 35 oradores registrados hubo varias voces con señalamientos a la redacción de la Ley de aprobación inicial. Con esta nota, buscan reforzar sus reclamos.
La Ley de aprobación inicial surge del expediente 1579-D-2024, originado por una iniciativa de autoría de los legisladores Lucio Damián Lapeña, Francisco Loupias, María Inés Parry y Guillermo Suárez (UCR-Evolución) y que cuenta con media sanción votada en la sesión del 12 de diciembre de 2024.
La concesión de 10 años contemplada en la Ley Nº 4.070 de 2011 venció en 2020. Por eso, ese mismo año Evolución había presentado un proyecto de Ley para renovarla por otra década más. Tuvo media sanción en 2021 y al año siguiente se celebró su correspondiente Audiencia Pública. De todos modos, no alcanzó a la sanción definitiva (segunda lectura). En ese contexto, el año pasado se presentó este nuevo texto parlamentario que está ahora en discusión.
Tras la Audiencia Pública del 7 de abril, el proyecto se tratará de vuelta en Comisión y se espera que en breve tenga sanción definitiva en el recinto de sesiones de la Legislatura porteña. De todos modos, desde que el 1 de marzo inició el periodo ordinario de sesiones del 2025 no hubo ninguna sesión, en particular por la campaña para las elecciones legislativas del 18 de mayo.
En este contexto, en Planeamiento Participativo expresaron: “Como vecinos y parte interesada desde la comunidad educativa que ya participamos en la Audiencia pública, venimos a solicitarles tengan a bien incorporar los siguientes puntos a lo que resuelvan respecto a prorrogar o no, la tenencia precaria o permiso de uso, del predio que es parte del Parque Saavedra conocido como Club San Jorge y administrado desde el 2011/12 por la Agrupación, Asociación civil San Jorge, que nada tienen en común con la Asociación Scout que manejo el predio desde finales de la década del 50 hasta principios del SXXI”.
En la nota denunciaron supuestos incumplimientos con respecto a lo acordado por la concesión: “Ya en la audiencia pública del 2022 y en la reciente quedo claro el incumplimiento referido a ceder a las escuelas públicas el uso de dicho predio. Solo desde el año 2022 después de una audiencia escandalosa fue cuando cedieron el uso de las canchas solo durante las mañanas. También quedo clara la híper explotación comercial del predio. Tal como fue expresado en la audiencia pública reciente”.
“No entendemos cual es el “beneficio para la población” si todas las actividades son rentadas. Solicitamos especifiquen los beneficios concretos para la comunidad. Y no se excluya a la tercera edad que figuraba en la ley 4072”, sumaron y plantearon: “En caso que decidan renovar la tenencia al club San Jorge solicitamos que el plazo no sea mayor a 5 cinco años, no están considerando la ley 1459 los permisos de uso precario en espacios verdes de uso público no pueden excederse de del plazo de 5 años. (De paso para corregir cualquier anomalía si fuera necesario)”.
En este sentido, plantearon que “quede estipulada taxativamente y sin condiciones la prioridad de uso escolar público de todas las instalaciones durante la jornada escolar y para cualquier otra actividad extracurricular que solicite y requieran la supervisión de educación física del distrito escolar 9 y 10, en cualquier espacio del predio. Que se ponga un horario de finalización de las actividades deportivas 22:30 pm por las molestias de gritos, ruidos y contaminación lumínica, para los vecinos frentistas. Que se solucione el problema de infraestructura de la pileta y se contemple su puesta en valor de la misma, (que fuera usada hace pocos años durante las colonias de vacaciones) incluyendo calderas para su climatización, vestuarios y carpa desmontable. Para que vuelva a ser utilizada como en la época de gestión de la Asociación Scout que entonces no contaba ni con caldera ni carpa.”.
“En el artículo 4° se dice que “La entidad beneficiaria no podrá ceder ni alquilar todo o parte del inmueble”, en tanto en el artículo 8° se explicita “que correspondan al usufructo del inmueble”, ello se presta a confusión puesto que “El usufructuario es la única persona con autoridad para suscribir un contrato de alquiler” (confrontar con CCyC). En caso que, la parte que actualmente detenta la explotación comercial del predio, exprese que en estas condiciones “los números no le cierran” u objete estas propuestas entonces se abren dos posibilidades o que se llame a concurso público para conseguir un nuevo administrador cumpliendo las condiciones solicitadas. O se considere la posibilidad de que sea administrado por el ministerio de educación de la ciudad garantizando la continuidad y no interrupción de las actividades que allí se desarrollan. En ambos casos solicitamos que conste la prioridad de uso de parte de escuelas públicas durante la jornada escolar y actividades extracurriculares que soliciten, eso en caso que se lleve a un nuevo concurso abierto. Y si pasa al área de educación, se garantice la posibilidad de uso público de las instalaciones en los momentos que no los usan las instalaciones los alumnos de los colegios”, indican en Planeamiento Participativo.
“Cabe resaltar que el Proyecto de Ley de Diputados no incluye los informes previstos en la Ley 4072 -tales como los informes anuales del Distrito Escolar; informes sobre las evaluaciones anuales de higiene y seguridad u otros complementarios del Poder Ejecutivo, así como copia legalizada del registro diario de las actividades realizadas por la Agrupación en el periodo cumplido. Consideramos pertinente que se incluya en el articulado la obligación para los beneficiarios de tener una página virtual de acceso público, donde se carguen día a día todas las partes que usan el predio horarios, escuelas públicas y alquileres privados y otras actividades, Que pueda ser consultado por la comunidad, por el sistema de control del Gobierno y por la supervisión de educación física y que funcione como prueba documental de actividades”, concluyeron.
El Barrio
Estrenó la serie El Eternauta, rodada en el barrio de Saavedra y basada en la obra de Oesterheld
La serie es dirigida por Bruno Stagnaro y cuenta con el protagónico de Ricardo Darín.

La plataforma de streaming Netflix estrenó este miércoles 30 de abril la serie de seis capítulos El Eternauta, basada en la historieta de Héctor G. Oesterheld y Francisco Solano López. Muchas de sus escenas fueron rodadas en el barrio de Saavedra.
“Viva la resistencia. El Eternauta, la serie argentina basada en la novela gráfica de Héctor G. Oesterheld y Francisco Solano López, ya está disponible en Netflix”, indicaron en la plataforma.
El martes por la noche hubo una premiere especial con el elenco y personalidades de la industria audiovisual. Ahora el público en general puede disfrutar los episodios.
La serie es dirigida por Bruno Stagnaro y cuenta con el protagónico de Ricardo Darín. Se suman al elenco Carla Peterson, César Troncoso, Andrea Pietra, Ariel Staltari, Marcelo Subiotto, Claudio Martínez Bel, Orianna Cárdenas y Mora Fisz. La producción está a cargo de Netflix y K&S Films.
“Este es el momento bisagra de toda la producción nacional”, dijo Ridardo Darín este miércoles, en el marco del estreno de la serie.
En la previa, la empresa mandó a pegar afiches de distinto tamaño en las calles y avenidas de la Ciudad de Buenos Aires. Un grupo de fanáticos aprovechó y colocó imágenes de las hijas de Oesterled. Al igual que su padre, ellas fueron desaparecidas durante la dictadura militar.
Con respecto la filmación en el barrio, hay escenas de acción en la zona de Puente Saavedra, locación en la que se rodó durante 2023. En esa misma época se grabó frente a la Parroquia San Isidro Labrador (Av. San Isidro Labrador 4630).
En la historieta original, Salvo y los sobrevivientes caminan bajo el puente del ferrocarril General Belgrano.
En busca de ser fiel a la narración de Oesterheld, la serie dirigida por Stagnaro recrea este recorrido y también traslada la acción al actual Puente Saavedra.
“El verdadero Puente Saavedra pasaba por sobre las vías del actual Ferrocarril General Belgrano, que corren bajo nivel, y desapareció de la vista al construirse sobre él la galería comercial que da acceso a la Estación Aristóbulo del Valle, antiguamente llamada Parada Bosch o Km 12, ubicada sobre la Avenida Maipú”, explica el sitio especializado Fervor x Buenos Aires.
El Barrio
Quemacoches en Saavedra: incendiaron un vehículo particular en Zapiola y Crisólogo Larralde
No se reportaron heridos por el hecho. La denuncia fue radicada y hay preocupación porque se repitan estos hechos.

Un vehículo particular fue incendiado este lunes por la tarde en el cruce de Zapiola y Crisólogo Larralde, en el barrio de Saavedra.
Una vecina denunció ante Saavedra Online que cerca de las 15 iniciaron las llamas sobre uno auto estacionado en la vía pública.
En el lugar se hicieron presentes efectivos de la Policía de la Ciudad y una autobomba de los Bomberos de la Ciudad para poder apagar llamas.
Según información preliminar, se cree que dos menores habrían puesto “un cartón del contenedor de basura al auto y algo infamable”.
Esta vecina transmitió a Saavedra Online que fue radicada la denuncia ante lo ocurrido y que en la comisaría dijeron que hubo varios casos en el barrio durante los últimos días.
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