Conectate con Saavedra Online

Platense

Platense: cuál es el panorama del plantel calamar tras el vencimiento de contratos

El equipo de fútbol profesional masculino retomará las prácticas virtuales el próximo 6 de julio.

Publicado

el

Foto: Archivo Prensa CAP

El Departamento de Prensa del Club Atlético Platense informó que, tras el vencimiento de los contratos, el próximo 6 de julio retomará con las prácticas virtuales mientras continúe la pandemia por el virus Covid-19.

En este marco, la Comisión Directiva y el Consejo de Fútbol analizaron dos escenarios para concluir la parte contractual con la mayoría de los jugadores sobre los cuales operaba el vencimiento de sus vínculos y a partir de allí encarar el armado del próximo plantel.

Una de ellas, era la posibilidad de no renovar ningún contrato que finalizara el 30 de junio -y con ello solo nutrir al primer equipo con jugadores profesionales surgidos de la cantera calamar- y la otra planteaba mantener una base del plantel, que fue la que prevaleció, con al menos dos jugadores por puesto por un tema económico, y poder así hacer valer los compromisos adquiridos y dar previsibilidad a los integrantes del plantel.

“Todo esto no habría sido posible sin la gran predisposición de la mayoría de los futbolistas, quienes han mostrado un sentido de compromiso, identificación y pertenencia con nuestro club realmente admirables. Cada uno de los jugadores que decidieron acompañar a Platense en este difícil momento, lo han hecho cediendo cuestiones personales y económicas -no solo en el presente sino también a futuro- en un gran gesto que realmente valoramos de sobremanera”, destaca la institución.

Al día de hoy y hasta tanto no haya certezas de cómo continuarán los campeonatos del fútbol argentino, estos serán los futbolistas que conformarán el plantel, teniendo en cuenta que aquellos que acordaron estirar su permanencia en el club, lo hicieron verbalmente hasta que se puedan firmar en forma presencial sus respectivos contratos:

Juan Infante, Gianluca Pugliese, Tiago Palacios, Franco Baldassarra, Ian Puleio, Sasha Marcich, Facundo Szarko y Patricio Pérez ya tenían vínculos contractuales vigentes.

Facundo Curuchet, Marcelo Vega, Andrés Desábato, Braian Lluy y Luciano Recalde extendieron su permanencia hasta el 31 de diciembre del presente año.

El capitán Hérnan Lamberti, el arquero récord Jorge De Olivera, Roberto Bochi y Nahuel Iribarren arreglaron su vinculación por los próximos 18 meses y su finalización contractual será el 31 de diciembre de 2021.

Se logró un nuevo acuerdo -en los mismos términos establecidos en enero pasado- con el Club Atlético Lanús para la continuidad a préstamo del colombiano José Luis Sinisterra hasta fin de diciembre del 2020.

A su vez, se le ofreció primer contrato profesional al juvenil mediocampista Lucas Giménez (Categoría 1999), promovido de nuestras inferiores en la última temporada.

Con relación a los futbolistas que no continuarán en el club ya se arribó a un acuerdo con los mediocampistas Alfredo Ramírez y Gonzalo Bazán, el arquero Nahuel Clavero, y en las últimas horas con el delantero Javier Rossi. La quinta baja confirmada es la del defensor Manuel Capasso, quien tomó la decisión de no continuar. Desde la Comisión Directiva expresamos nuestro agradecimiento a todos ellos por la gran predisposición para arribar a arreglos favorables con nuestra institución y deseándoles el mayor de los éxitos en los próximos pasos en sus carreras. Con relación al mediocampista Leonardo Baima existe una cláusula de salida y se está negociando su resolución.

En otro orden, continúan las tratativas para llegar a un acuerdo integral con Racing Club para la continuidad del marcador lateral Cristian Marcial; y con Newell´s Old Boys por el delantero Matías Tissera. Ambas negociaciones están encaminadas favorablemente.

Por último, se les ofreció renovar sus vínculos al defensor Gastón Suso y el atacante Joaquín Susvielles, quienes a la fecha están evaluando las propuestas y se espera por una respuesta en las próximas horas.

Con respecto al cuerpo técnico, como se informó oportunamente, se llegó a un acuerdo con Juan Manuel Llop y su equipo para continuar hasta fin de año agradeciendo la inestimable predisposición para con el club.

Asimismo, en el plano salarial y presupuestario hasta junio de este año, la forma de pago de los haberes mensuales del plantel se dividió en dos cuotas. Por un lado, con el dinero que ingresa por derechos televisivos desde la A.F.A., ya se cumplimentaron todos los pagos de la primera cuota hasta mayo inclusive y en estos días se cancelará junio. Mientras que con la segunda cuota salarial correspondiente a cada mes, se llegó a un arreglo con todos los jugadores que continúan en el plantel -y también con quienes se acordó su salida- para una readecuación y quita porcentual sobre los meses de abril, mayo y junio, que a su vez incluye un plan de pagos ya acordado con cada futbolista para cancelarlo mensualmente en este semestre.

Así se pudo lograr con un gran esfuerzo de todas las partes el cumplimiento del presupuesto anual diagramado que acaba de concluir y poder confeccionar uno acorde a la problemática imperante para el próximo semestre. De esta manera, el club sigue con un orden financiero, manteniendo la base del 75% de su plantel profesional, merced a un destacable trabajo de toda el área de contingencia conformada a raíz de la pandemia.

Si te gustó esta nota...
Invitame un café en cafecito.app

Platense

Platense Incluye: convocan jugadores mayores de 15 años con Sindrome de Down para los equipos de futsal

Es para participar en la Liga de Clubes de Fútbol Inclusivo de FADDIM.

Publicado

el

Foto: @platenseincluye

El Departamento de Inclusión del Club Atlético Platense (CAP) abrió una convocatoria para varones mayores de 15 años con Sindrome de Down para que formen parte de los equipos de futsal que compiten en la Liga de Clubes de Fútbol Inclusivo de la Federación Argentina de Deportes para Personas con Discapacidad Intelectual, Síndrome de Down y Autismo (FADDIM).

Las personas interesadas podrán recibir información mediante WhatsApp escribiendo al 1158073665.

“Siendo un club en donde se desarrollan actividades deportivas, destacamos la importancia de la inclusión de las personas con discapacidad en el ámbito deportivo desde la temprana edad, ya que a través del deporte se puede generar lazos de amistad, trabajo en equipo y motivaciones que logren superar nuevos retos. ¡Te esperamos!”, señalaron en Platense Incluye.

El Departamento de Inclusión del CAP fomenta “la inclusión deportiva, recreativa y cultural para personas con discapacidad”.

A fines del año pasado, el equipo de futsal inclusivo se coronó campeón de la Copa 120 Aniversario “Torneo por la Inclusión” luego de haber derrotado a Racing 6-2 y a Atlanta 6-0.

A comienzos de ese mes, en el Día Internacional de las Personas con Discapacidad, la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires declaró de interés social y deportivo a la Federación Argentina de Deportes para Personas con Discapacidad Intelectual, Síndrome de Down y Autismo (FADDIM). Además, distinguió a los clubes que la integran, entre ellos el Club Atlético Platense.

Si te gustó esta nota...
Invitame un café en cafecito.app
Si te gustó esta nota...
Invitame un café en cafecito.app
Continuar leyendo

Platense

Platense espera volver a Pedraza y Cramer antes de 2026, pero alertan que puede demorarse

Los responsables de la actual concesión habrían pedido una prórroga al Gobierno porteño hasta fines de 2027. El Calamar busca acelerar los tiempos para poder hacer uso del predio.

Publicado

el

El lunes en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires se refrendó la Ley que garantiza el regreso del Club Atlético Platense (CAP) al predio público de Pedraza y Cramer mediante una concesión de 20 años. Hasta la década de 1970 allí estaba emplazada su histórica cancha de fútbol. “Se inicia ahora una etapa de conversación con los actuales concesionarios para acordar las condiciones del futuro traspaso”, comunicaron a los hinchas en la institución Calamar.

En el club informaron a Saavedra Online que la actual concesión, la de El Poli, originalmente vencía en diciembre de 2025 y resultaba revocable por razones de interés público (como, entienden, sería la sanción de la ley). No obstante, alertan que podría haber una prórroga otorgada por el Gobierno porteño, también revocable.

Saavedra Online consultó a las autoridades del Polideportivo que concesiona el predio y todavía no obtuvo respuesta formal.

En Platense mencionaron que por un pedido de las inspectoras del Distrito Escolar se habría pedido una obra para adaptar los vestuarios y volverlos accesibles para chicos con discapacidad. Los responsables de la actual concesión habrían solicitado entonces al Gobierno porteño extender el contrato para hacer frente a la inversión.

Según la institución Calamar, este “instrumento”, la prórroga, se pidió cuando terminaba la gestión anterior del Poder Ejecutivo porteño y de existir carecería de validez, aún cuando la ley habilitaría su revocación sin necesidad de revisar su legalidad, conforme al derecho administrativo vigente.

“Tenemos que discutir si este eventual instrumento es válido”, dijeron en CAP, institución que no lo considera así. También aseguran que la obra que motivó la prórroga “no se concretó y que de ser ejecutada con posterioridad a la ley, no solo no lograría su propósito, incluso podría ser una maniobra de investigación en sede penal”.

En el club señalan que designarán “tres o cuatro representantes” para sentarse a dialogar con los responsables de la actual concesión. Afirman que hay que analizar el estado de las instalaciones, la gente empleada y demás cuestiones legales para poder organizarse.

En el club esperan que el asunto no se judicialice, pero tampoco lo descartan.

“Es como abrir un club nuevo”, dijeron en Platense a Saavedra Online por el nivel de demanda y responsabilidad que supone gestionar el predio de Cramer. Por Ley, allí habrá actividades deportivas, sociales y culturales, pero no se practicará fútbol profesional. Tampoco se construirán instalaciones para esto último.

Por eso, se tratará una “reforma del estatuto” de CAP para incorporar la figura de un “vice cuarto, que se hará cargo del predio”. Ya hay un vice a cargo del predio de Larralde en Saavedra, por ejemplo.

“Tenemos elecciones en diciembre y antes de eso tenemos que llamar a asamblea para reformar un estatuto”, adelantaron.

Si te gustó esta nota...
Invitame un café en cafecito.app
Si te gustó esta nota...
Invitame un café en cafecito.app
Si te gustó esta nota...
Invitame un café en cafecito.app
Continuar leyendo

Platense

Publicaron en el Boletín Oficial porteño la Ley que permite la vuelta de Platense a Pedraza y Cramer

La Ley N° 6772 permite el regreso del Calamar al terreno en el que funcionó su histórica cancha. El club se “encuentra habilitado a organizar y desarrollar actividades deportivas en el mencionado predio, con excepción de toda aquélla referida y/o relacionada con la práctica de fútbol profesional”.

Publicado

el

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires publicó este martes en el Boletín Oficial porteño la Ley N° 6772
que “Otorga permiso de uso a título precario y gratuito el predio correspondiente al Polideportivo ubicado en Manuela Pedraza y Crámer al Club Atlético Platense”.

Luego de un intento entre 2021 y 2022 que perdió estado parlamentario, en marzo de 2024 el Calamar presentó un nuevo proyecto de Ley para lograr la vuelta al predio de Núñez en el que se emplazó su histórica cancha de fútbol.

El proyecto fue incorporado por los legisladores y se votó dos veces en el recinto de sesiones, con una Audiencia Pública de por medio. La sanción definitiva se produjo, con unanimidad de 55 votos, el 12 de diciembre.

La Ley completa:

Artículo 1º.- Se otorga el permiso de uso a título precario y gratuito al Club Atlético Platense, del predio correspondiente al Polideportivo ubicado en la intersección de las calles Manuela Pedraza y Crámer, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante “el Predio”, por el plazo de veinte (20) años.

Art. 2°.- En virtud de lo previsto en el Artículo 1° de la presente, se establece que el Club Atlético Platense se encuentra habilitado a organizar y desarrollar actividades deportivas en el mencionado predio, con excepción de toda aquélla referida y/o relacionada con la práctica de fútbol profesional.

Art. 3°.- Bajo ninguna circunstancia el beneficiario podrá instalar un microestadio o cualquier tipo de estructura que tenga por finalidad la realización de eventos masivos tales como recitales, conciertos o similares.

Art. 4°.- La entidad beneficiaria se compromete a dar continuidad a todas las disciplinas y actividades deportivas desarrolladas por las niñas y los niños que concurren a dicho predio.

Art. 5°.- La entidad deberá coordinar con las autoridades escolares competentes el uso del predio por parte de las escuelas públicas en el horario de 08hs a 17hs y del natatorio, así como el otorgamiento de beneficios y becas para estudiantes de dichas escuelas y jubilados.

Art. 6°.- Cualquier obra de infraestructura, mejora o construcción que realice la entidad beneficiaria del predio deberá cumplir, con las normas establecidas en el Código Urbanístico y en el Código de Edificación, y con las habilitaciones correspondientes.

Art. 7°.- La entidad beneficiaria deberá contratar un seguro contra incendio y de responsabilidad civil que deberá endosar a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el monto que la Autoridad de Aplicación determine. Dichos seguros deberán mantenerse en cuanto al alcance de cobertura y ajustarse en monto, durante el tiempo que permanezcan en la ocupación del predio.

Art. 8º.- Toda mejora o construcción que realice la entidad beneficiaria en el predio queda incorporada al dominio público de la Ciudad a la extinción del permiso, sin derecho a indemnización de ninguna naturaleza por parte de la entidad beneficiaria.

Art. 9º.- La entidad beneficiaria se obliga a mantener el inmueble en perfecto estado de conservación e higiene, realizando todas aquellas tareas que fueran necesarias a tal fin, comprometiéndose a evitar todo daño en la estructura e instalaciones que conlleven a una situación riesgosa.

Art. 10.- Queda a cargo de la entidad beneficiaria el pago de tasas, impuestos y las tarifas de los servicios públicos que correspondan al uso del predio.

Art. 11.- La Asociación deberá cumplir con todas las normas nacionales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con relación a la habilitación del espacio y la contratación del personal a su cargo. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no obstante ser titular de dominio, no tendrá relación laboral alguna con el personal que
emplee la Asociación y resulta exento de la solidaridad prevista por la Ley Nacional de Contrato de Trabajo. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se genere por cuestiones de índole laboral entre la Asociación y el personal que éste emplease.

Art. 12.- La restitución del predio por cumplimiento del plazo establecido en el Art. 1°, o por incumplimiento de la beneficiaria de las obligaciones establecidas en la presente Ley, incluirá todas las construcciones y mejoras que se hubieran realizado, sin que pueda dar lugar a reclamo alguno de compensación ni indemnización por parte de la
entidad beneficiaria.

Art. 13.- En caso de razones de necesidad fundada, el Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá, unilateralmente, revocar el presente permiso, sin que ello genere pago de indemnización alguna. En dicho caso, la restitución del predio a la Ciudad igualmente incluirá todas las construcciones y mejoras que se hubieran realizado, y se deberá notificar a la permisionaria con un plazo de antelación mínimo de sesenta (60) días.

Art. 14.- Anualmente el Poder Ejecutivo realizará visitas a fin de constatar evaluar el cumplimiento de la presente norma.

Cláusula Transitoria.- La entidad beneficiaria, tomará posesión del predio otorgado en el Artículo 1° de la presente Ley a la fecha de conclusión del contrato de concesión vigente, o su resolución y/o recisión. A partir de dicho acto comenzarán a regir los derechos y obligaciones emergentes de esta Ley por parte de la beneficiaria.

Art. 15.- Comuníquese, etc.

Si te gustó esta nota...
Invitame un café en cafecito.app
Si te gustó esta nota...
Invitame un café en cafecito.app
Si te gustó esta nota...
Invitame un café en cafecito.app
Si te gustó esta nota...
Invitame un café en cafecito.app
Continuar leyendo

Más leídas

© 2023 - Saavedra Online - Se permite la reproducción con expresa mención y enlace a Saavedra Online Editor Responsable:  Juan Pablo Presti. Domicilio Legal:  Cazadores 1974, CABA. Teléfono:  +54 9 11 5882-5397. Correo electrónico:  info@saavedraonline.com.ar. Número de inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad Intelectual:  2024-73271841. Web GCBA: www.buenosaires.gob.ar